Panamá y los Tratados de Libre Comercio

Un tratado de libre comercio es un acuerdo internacional entre dos o más países, cuyo objetivo principal es establecer reglas claras, equitativas y comunes para normar la relación comercial entre ellos, brindando mecanismos de solución de controversias comerciales eficaces que garanticen el cumplimiento de los acuerdos. Los Tratados de Libre Comercio (TLC) también tienen un efecto de proporcionar seguridad jurídica y confianza para el desarrollo de su actividad productiva.

Con ese propósito, los TLC suelen incorporar reglas en materia de bienes, comercio de servicios, inversión, propiedad intelectual, mecanismo de defensa comercial y solución de controversias. En algunos tratados recientes se incluyen ciertas disposiciones en materia laboral y ambiental.

Para Panamá, la negociación de un acuerdo de libre comercio de tercera generación –aquel que se distingue por tener un texto normativo moderno y una cobertura sumamente amplia- con inclusión de disposiciones específicas y transparentes, permitirá un mayor acceso de nuestros productos agrícolas e industriales a estos mercados. De igual manera, nuestro sector de mercado externo nos permitiría acceder en condiciones ventajosas a la mayoría de estos mercados en los que este sector no es competitivo.

Valga la oportunidad para aclarar que existen diferencias entre un TLC y los otros acuerdos bilaterales que mantiene vigente Panamá desde los años sesenta con los países de Centroamérica, Colombia y República Dominicana. La mayor diferencia se encuentra en lo que respecta a la cobertura de productos y temas negociados.

Por otro lado, en los acuerdos bilaterales de libre comercio y trato preferencial la normativa no era lo suficientemente clara lo que creaba muchas incertidumbres para los agentes económicos interesados en exportar, toda vez que los textos de los acuerdos eran interpretados de manera muy discrecional por los gobiernos, y por ende no se garantizaba el flujo normal y continuo de las exportaciones. Hoy día, los TLC contienen disposiciones sobre solución de controversias que otorgan transparencia y seguridad jurídica en el intercambio comercial de los miembros, reduciendo así la vulnerabilidad de nuestros exportadores ante medidas unilaterales de nuestros socios comerciales, fomentando así un mayor flujo de inversión extranjera directa hacia Panamá.

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Fuente: http://www.enexclusiva.com/


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